SALTA – El enojo del gobernador Gustavo Sáenz está basado en lo que él consideró un abuso por parte de la empresa EDESA hacia los oranenses. Es que las elevadísimas facturas que se emitieron desde la prestador motivaron el reclamo masivo no solo de los ciudadanos, sino también del intendente Mario Mimessi.
En este marco, el mandatario provincial se mostró muy molesto por la “avivada” de la empresa de luz y en declaraciones a medios oranenses, sector más afectado por los distintos cortes y las elevadas tarifas, dijo: “me imagino a un oranense viendo el mundial o en Navidad y que le corten la luz, yo los mato”.
Molesto por la diferencia económica que existe entre el Norte y Buenos Aires, el gobernador salteño volvió a cuestionar el subsidio con el que cuenta esa provincia: “Los bonaerenses pagan dos mangos por eso hay aires acondicionados hasta en la vereda”. Luego, pidió a este gobierno y los que vengan “que se dejen de joder y tengan un poquito de visión federal”.
Cabe recordar que Gustavo Sáenz dispuso que usuarios de los departamentos de Orán y San Martín abonen a la empresa EDESA durante 6 meses el mismo monto que pagaron en la factura de noviembre del 2022. La medida se estableció con el objetivo de salvaguardar los derechos de las personas afectadas. Teniendo en cuenta la deficiente prestación del servicio por parte de la Empresa. Los reiterados cortes del suministro de energía eléctrica y la suba en la facturación.
De esta manera y mediante el decreto N° 38 firmado por el propio gobernador, se dispuso la reducción de la facturación. Para usuarios generales y residenciales de los departamentos de Orán y San Martín. De los segmentos 2 y 3 cuando el consumo mensual supere el 30 % del consumo de referencia del mes de noviembre/2022.
Gustavo Sáenz molesto con EDESA
El documento oficial que lleva la firma de Gustavo Sáenz, establece también que en el plazo de ciento ochenta días (180) se deberá realizar la auditoría de facturación dispuesta por la Resolución ENRESP Nº 32/2023.
En tanto la Empresa prestataria EDESA S.A. deberá abstenerse, durante este período, de suspender o interrumpir el servicio. Tampoco podrá ejecutar acciones de cobro o restringir los derechos de los usuarios del servicio de energía eléctrica.