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Policiales

En dos semanas, el exintendente Cornejo comenzará a rendir cuentas a la justicia

Como se anunció en febrero pasado, desde el 12 de junio, la Sala VI del Tribunal de Juicio tiene previsto comenzar a juzgar al ex jefe comunal de Campo Quijano y a su ex secretaria de Hacienda, Carmen Méndez, por graves hechos de fraude.

Campo QUijano

SALTA – Tras el fallido intento del juicio programado primero para el 17 de diciembre del año pasado, reprogramado para febrero pasado, sin que tampoco se llegar a abrir el debate, ahora está fijado para el 12 de junio próximo, con una extensión hasta fin de mes.

Esta fecha fue dispuesta por el juez de la Sala VI del Tribunal de Juicio, Guillermo Pereyra, designado para presidir el juicio contra Manuel Cornejo, ex intendente de Campo Quijano, acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, peculado (cuatro hechos), todo en concurso real.

La acusación elevada por la fiscalía también alcanza a Carmen Rosa Méndez, exsecretaria de Hacienda de ese municipio, será juzgada como autora de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y peculado, todo en concurso real.

La primera suspensión del debate, según lo informado en su momento, se debió a la falta de una pericia contable, una prueba que la defensa consideró de carácter indispensable para su teoría del caso, motivo que llevó a suspender el juicio. Más tarde, en febrero pasado, el juez Pereyra volvió a fijar fecha de juicio, pero por la misma razón, tuvo que volver a suspender el debate.

La causa pena por la que Cornejo y Méndez deben responder, según surgen del expediente, se inició el 28 de enero de 2020 a partir de la denuncia del aún intendente de esa localidad, Carlos Héctor Folloni, quien perdió ese cargo en las elecciones del 14 mayo ante Lino Yonar, candidato del frente Unidos por Salta.

En su denuncia, Folloni expuso que desde que asumió su gestión, el 10 de diciembre de 2019, advirtió un incumplimiento injustificado e intencional de la normativa vigente, dicho desorden y ausencia de documentación en el ejido municipal, al parecer, estaba relacionado con la actividad contable, lo que despertó la sospecha que podría haber incurso una actividad ilícita.

Incluso fue más allá de eso y sostuvo que las irregularidades señaladas pudieron ser comprobadas por informes internos y otras medidas contables, razón por la cual decidió acudir a la justicia para que se investigue a su antecesor por graves hechos de corrupción.

Acusación

A partir de la denuncia, la fiscal Ana Inés Salinas Odorisio, de la Unidad Fiscal de Delitos Económicos Complejo, llevó adelante una intensa investigación, la que incluyó numerosas diligencias procesales, entre ellas pedidos de informes, pericias contables, testimoniales y otras tareas de campo. Todo esto llevó no sólo a imputar a Cornejo, sino también a Méndez, quien fue su secretaria de Hacienda.

Luego, en noviembre de ese mismo año del 2020, la fiscal Verónica Simensen de Bielke completó las pesquisas y pidió al Juzgado de Garantías 6 la elevación a juicio del caso. Fue en esas instancias en la que confirmó la acusación contra Cornejo por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y peculado (4 hechos) en concurso real y en carácter de autor.

Por los mismos delitos, también pidió juicio para Méndez. En vista de este pedido, el 4 de marzo del 2021, la jueza Sandra Espeche, del Juzgado de Garantías 6, mandó a juicio a Cornejo, siendo radicada la causa en la Sala III del Tribunal de Juicio, a cargo del juez Ángel Longarte.

En busca de resolver la situación del ex intendente, su defensa intentó avanzar con un juicio abreviado, alternativa que había acordado con la misma fiscal, quien pactó una pena de tres años y dos meses de prisión condicional para el acusado, más el cumplimiento de otras exigencias económicas en favor del municipio, consistentes en la entrega de vehículos y el pago de una suma de 5 millones de pesos.

Dicho acuerdo, presentado el 5 de mayo del 2021, no tuvo éxito, pues el juez Longarte, tras evaluar el planteo de las partes, resolvió no hacer lugar al pedido por considerar que se debía exigir un mayor conocimiento de los hechos en un juicio oral y público y no en un proceso abreviado.