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Ley Ómnibus: Javier Milei criminaliza la protesta social e impone límites en el derecho a reunirse

El proyecto define los términos «reunión» o «manifestación» como la congregación intencional y temporal de tres o más personas.

Javier Milei

BUENOS AIRES.- Javier Milei presentó la «Ley Ómnibus» al Congreso, un texto de 351 páginas que aborda diversos aspectos de la legislación. Uno de los puntos más polémicos se centra en la reforma de las leyes relacionadas con la protesta social. Ante ello, el mandatario pretende criminalizar este rubro, aumentando las restricciones a manifestarse, así como límites en el derecho a la reunión

El proyecto propone cambios significativos en el tratamiento legal de las manifestaciones. Uno de los aspectos destacados es la modificación del artículo 194 del Código Penal, que establece sanciones para aquellos que obstruyan el normal funcionamiento de los transportes y servicios públicos. Las penas propuestas aumentarían de uno a tres años y seis meses a un rango de uno a cinco años, dependiendo de la gravedad de la obstrucción.

Además, la ley de Javier Milei busca castigar a quienes dirijan, organicen o coordinen manifestaciones que afecten la circulación pública o causen daños a la propiedad. Podrían enfrentar penas de prisión de dos a cinco años, independientemente de su presencia física en el evento. Otro aspecto destacado es la introducción de penas de tres a seis años para aquellos que utilicen intimidación o amenazas para obligar a otros a participar o abstenerse de unirse a una movilización o protesta. 

Javier Milei pide información sobre organizadores, propósito y ubicación

Este enfoque punitivo ha generado críticas, ya que algunos argumentan que puede restringir la libertad de expresión y el derecho a la protesta. El proyecto define claramente los términos «reunión» o «manifestación» como la congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público con el propósito del ejercicio de los derechos. Asimismo, establece que aquellos que organicen estas reuniones serán solidariamente responsables por los daños causados a terceros o bienes públicos o privados.

Una modificación significativa es la prohibición de la presencia de menores de trece años en manifestaciones, respaldada por la Convención de los Derechos del Niño y leyes nacionales. La ley establece que la autoridad pública debe informar de inmediato al Organismo de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en caso de encontrar a un menor en situación de peligro durante una protesta.

Adicionalmente, la normativa de Javier Milei impone la obligación de notificar previamente al Ministerio de Seguridad sobre cualquier reunión, detallando información específica sobre los organizadores, el propósito, la ubicación y otros detalles. De esta manera, la cartera de Seguridad tiene la facultad de oponerse a la realización de la manifestación.