Ada Zunino, jueza del Juzgado de Garantías 1, dialogó con El Intra sobre la implementación de los juicios por jurado en las audiencias, y propuso un interesante debate: el delito que podría ejercer el imputado, ¿es consigo mismo o es contra la sociedad?. Por ello, señaló que si bien está de acuerdo con la participación ciudadana en los conflictos penales, a veces a la opinión de estos mecanismos jurídicos pueden adjudicarse defensas que pueden formar parte de delitos colectivos, pero que se caratulan como individuales.
«Yo sugerí que pueda decidir si era renunciable, y si podía ser juzgado por jurados populares o que sea juzgado por la jurisdicción común», declaró la jueza. Esto, se lo puede plantear como planteo judicial interno dentro de la tramitación de la causa, ya que ante la posibilidad de este planteo, se puso en debate en otras provincias por los precedentes jurisprudenciales que estaban a favor y en contra de la renunciabilidad.
Lo interesante fue cuando exhibió y explicó que a veces, y dependiendo de mediatización del caso, los jurados populares pueden tener sentimientos más civiles que jurídicos a la hora de presentar a favor o en contra del imputado. Y dio el ejemplo de que en distintas situaciones «si fue un homicidio hacia un menor, el jurado podría ponerse en contra del acusado, pero si fue un asesinato por legítima defensa podrían por favor», comentó.
«Unos entienden que es un delito del imputado y otros entienden que es un delito a la ciudadanía de juzgar». Entonces ¿cuál sería la condición correcta y el accionar que debe determinar la Justicia?, Zunino reflexionó y añadió que lo ideal debe existir un una postura de imparcialidad ante dudas razonables que pueda tener la fiscalía y el juez.
Por último, se consultó de la posibilidad de que pasaría si el acusado toma a personas para que puedan alegar a su favor dentro del juicio, y la abogada argumentó que si bien «es casi imposible que suceda, también tenemos que decir que puede pasar como en otros países donde esto ya impera. De todas maneras, si la sentencia demuestra que uno de los jurados o acciones son permeables, se debería declarar como nula», finalizó.
Varios son los interrogantes planteados en la nota, y como sociedad se deberá reflexionar hasta que punto la sociedad salteña estará preparada para determinar, con templanza, que actitud le depararía en estos litigamientos.