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Policiales

Sin poder solucionar el desastre en el pozo petrolero de Pichanal, ahora se reparten culpas

En su rol de ministro, el titular de la Procuración General de la Provincia, que busca con ansias ser un cortesano más, salió a salvarles las papas al gobierno con un dictamen, cuya legitimidad y viabilidad deja mucho que desear.

Pichanal

En sintonía con el anuncio de su jefe político, que en los últimos días anunció que exigirá la restitución de las pensiones no contributivas otorgadas a personas con discapacidad mediante un amparo que presentarán ante la Corte de Justicia de la Nación, Pedro García Castiella planteó que varios jurisconsultos vieron con extrañeza, el jefe de los Fiscales no se quedó atrás u también salió a captar la
atención mediática con una ocurrencia similar sobre Pichanal.

En el parte oficial, se anunció que el PG dictaminó que todas las empresas concesionarias son solidariamente responsables por el eventual daño ambiental que hubiera en el pozo petrolero abandonado en el “Puesto Guardián”, en la localidad de Pichanal.

La causa se inició a raíz de la presentación realizada por la Provincia en el Juzgado Contencioso Administrativo, con el objetivo de la contención, mitigación, recomposición y saneamiento del ambiente afectado por los pasivos evidenciados en el área concesionada.

El dictamen se emitió casualmente en el marco de la acción de reparación ambiental promovida por la Provincia que se encuentra tramitando ahora ante la Corte de Justicia, en el expediente caratulado “Provincia de Salta contra President Petroleum S.A.; E.P.P. Petróleo S.A.; Tripetrol Petroleum S.A.; Netherfield Corporation Sucursal Argentina; Petrolera San José S.R.L.; YPF S.A.”, en relación con los presuntos daños generados en el área hidrocarburífera “Puesto Guardián – Loma de Olmedo X-10”, ubicada en Pichanal, departamento Orán.

El escrito, presentado como una «sobreactuación»

El escrito fue calificado por algunos letrados como una sobreactuación, pues ya hay una activa intervención de un juzgado en la causa, aunque, claro tampoco logró grandes avances, más que emitir intimaciones para que el pozo petrolero siga cercado y haya suficiente cartelería que alerte sobre el peligro.

En el contexto contencioso, cabe señalar se dictó el pasado 5 de junio una medida cautelar que impuso obligaciones inmediatas a la empresa President Petroleum S.A., como reforzar el perímetro de seguridad, impedir el acceso de personas y animales, instalar cartelería preventiva y contener los fluidos emanados del pozo mediante técnicas adecuadas.

Ante este pedido, la empresa apeló y señaló que no podía responder por daños provocados por terceros antes de su concesión y cuestionó que las exigencias se le impusieran de forma exclusiva, sin involucrar al resto de las demandadas. Así las cosas, la pelota quedó en plena portería para que el PG se luzca, como el primer gol convertido por Messi de ayer, previo pase de Julian Álvarez, en el partido de Argentina vs. Venezuela.

Sin mucha imaginación ni tanta jurisprudencia, el dictamen emitido propone que todas las empresas que actuaron como sucesivas concesionarias del área deben responder solidariamente por los daños ambientales que fueran detectados, de acuerdo con lo establecido en la Ley General del Ambiente 25.675 y el Código Civil y Comercial de la Nación, que consagran un principio de responsabilidad objetiva en materia ambiental.

Cabe indicar que la empresa President Petroleum S.A. ya había comunicado un plan de abandono del pozo y había sido intimada a su cumplimiento, lo que confirma su conocimiento y deber de intervención.

Ante ello, desde la PG se concluye que, si bien corresponde mantener las obligaciones impuestas a President Petroleum S.A. en relación con las tareas preventivas, debe ampliarse el alcance de la medida cautelar a todas las empresas demandadas, quienes podrán ser emplazadas a cubrir proporcionalmente los costos de las acciones necesarias para preservar y recomponer el ambiente.

¿Qué debería pasar en teoría?

Con esto, se busca reafirmar el principio de responsabilidad ambiental como eje del proceso, subrayando que las concesionarias deben responder de forma integral y solidaria frente al Estado y a la sociedad ante los daños generados en el entorno natural. En teoría, la propuesta se presenta como un avance, sin embargo, muchos se preguntan sobre su viabilidad y, más aún, sobre su legalidad.

Por un lado, varios letrados mencionaron que esta medida derivaría en un sinfín de trámites, de neto corte administrativo, para salir a recorrer el camino de migajas, muchas de las cuales ya habrán desaparecido, máxime si se tratan de empresas de orden estatal, las que crecen y desaparecen con el viento.

Pero, superado este punto, aún resta saber si las empresas apuntadas aceptarán así libremente el antojo ministerial, lo que, a todas luces, no será así, si solo se tiene en cuenta que la misma empresa intimada, se rehusó a tareas mínimas de prevención que pasan por un alambrado y algunos carteles, monedas por las cuales son capaces de llegar hasta la Corte, sin contar que se vayan a topar con alguna firma “amiga” de la casa.