Connect with us

Hola, ¿qué estás buscando?

Elintra.com.arElintra.com.ar

Salta

Impuestazo municipal: el cálculo con el que la gestión de Emiliano Durand cobra un 21% de más por tasa

El rechazo en el Concejo Deliberante capitalino a una iniciativa del bloque de La Libertad Avanza para congelar la Unidad Tributaria reencendió una controversia central sobre las finanzas municipales

Emiliano Durand

SALTA – El rechazo en el Concejo Deliberante capitalino a una iniciativa del bloque de La Libertad Avanza para congelar la Unidad Tributaria reencendió una controversia central sobre las finanzas municipales. El proyecto buscaba frenar el avance del indicador con el cual la gestión de Emiliano Durand ajusta los impuestos y tasas de la ciudad, dejando al descubierto un interrogante clave sobre si este índice avanzó a la par de la inflación general o si superó con creces el ritmo del costo de vida.

La evolución contable de los últimos dos años y medio muestra una marcada diferencia. Según un informe de Ciudadana Comunicación, al asumir la actual administración comunal en diciembre de 2023, la Unidad Tributaria cotizaba en $86,63, mientras que en la actualidad se sitúa en $811,37, lo que representa un incremento acumulado del 836,56%.

En ese mismo período, el Índice de Precios al Consumidor medido por el INDEC registró una suba del 319,76%. La cifra implica que el valor de referencia de las tasas municipales creció dos veces y media más que el promedio de la economía.

Este desfasaje se explica a partir de dos componentes centrales. Por un lado, la decisión política inicial tomada al comienzo de la gestión de Durand de aplicar un salto directo del 130,83% combinado con un sistema de reajuste trimestral. Por el otro, el modo en que se implementó la fórmula matemática de actualización a lo largo del año 2024, acumulando puntos porcentuales adicionales por encima del texto original de la norma.

La redacción inicial de la Ordenanza N.º 16.186 dictaminó que cada actualización trimestral debía medir la variación acumulada de la inflación en la Región Noroeste tomando como base diciembre de 2023 y abarcando hasta el mes inmediato anterior a la entrada en vigencia de cada nuevo trimestre.

Sin embargo, la aplicación de esta pauta encontró un obstáculo operativo: el INDEC no difunde las cifras mensuales en forma simultánea al cierre de cada mes, sino a mediados del mes posterior. Ante esa imposibilidad cronológica, el 1º de abril de 2024 la Municipalidad no contaba con el dato oficial de la inflación de marzo.

Para sortear el inconveniente, Durand resolvió calcular el ajuste retrocediendo un mes en el calendario y recurriendo al indicador de febrero, que ya se encontraba publicado. Ese procedimiento se replicó en las tres revisiones de 2024, tomando de forma sistemática la inflación acumulada hasta dos meses antes del inicio del trimestre y no hasta el mes previo, como fijaba el texto de la norma.

En un contexto signado por la desaceleración de la inflación respecto a los picos de fines de 2023, recurrir a un mes más antiguo implicó tomar registros de precios más altos que los vigentes al momento del ajuste. Como la inflación del pasado reciente era superior a la del presente, el desfasaje temporal sumó puntos porcentuales por encima de la medición que correspondía aplicar.

El impacto contable acumulado durante 2024 se evidenció en cada trimestre. Tras comenzar el año sin diferencias en $200,00, el segundo trimestre vio subir el valor fijado por el Municipio a $340,48 frente a los $295,72 que exigía la norma, acumulando un 15,14% extra con un cobro en exceso de $44,76. Para el tercer trimestre, la brecha alcanzó el 19,54%, al establecerse una Unidad Tributaria de $420,88 en lugar de $352,08, lo que significó $68,80 de más. Hacia el cuarto trimestre, la cotización municipal llegó a $479,77 contra los $396,21 que correspondían según la ordenanza, consolidando una diferencia del 21,09% equivalente a $83,56 por unidad.

A finales de 2024, el Concejo Deliberante intervino para adecuar el marco normativo sancionando la Ordenanza N.º 16.345. La nueva ley precisó detalladamente los tres meses de inflación publicada por el INDEC que deben computarse en cada trimestre, esquema que fue ratificado posteriormente mediante la Ordenanza N.º 16.500 para el ejercicio 2026. La modificación legislativa formalizó el uso de los datos con dos meses de rezago que el Ejecutivo ya aplicaba en la práctica.

No obstante, si bien la reforma técnica resolvió la discrepancia legal hacia adelante, no contempló una readecuación retroactiva de la base imponible. Los reajustes posteriores de 2025 y 2026 continuaron aplicándose sobre el valor de $479,77 alcanzado a fines de 2024, con lo cual la diferencia porcentual del 21,09% quedó incorporada de forma permanente en la estructura de cálculo de las tasas locales.

Al haberse trasladado ese porcentaje sobre una suma que siguió creciendo a la par de los precios, el diferencial en pesos por cada Unidad Tributaria se volvió más holgado, ubicándose actualmente en $141,31 adicionales. En el trimestre que comprende de julio a septiembre de 2026, la Tasa General de Inmuebles para la categoría 2 de zona intermedia —fijada en 70 Unidades Tributarias— implica una boleta de $56.795,90, cuando sin el desfasaje inicial se ubicaría en $46.904,20, lo que representa una carga extra de $9.891,70. Por su parte, la emisión o renovación anual de la licencia de conducir —de 18 Unidades Tributarias— cuesta $14.604,66 frente a los $12.061,08 que habrían correspondido sin ese arrastre, traduciéndose en una erogación de $2.543,58 de más por contribuyente.