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Policiales

A las piñas, policías les patearon el asado a unos vecinos y ahora van a juicio

Ocurrió en el barrio Norte Grande, donde existe una base de Infantería. Cuatro policías de esa unidad serán juzgados por golpear a tres hombres que disfrutaban, al aire libre, de una carne en la parrilla a los pies de la gruta del Gauchito Gil.

Policía de Salta
Policía de Salta - Imagen ilustrativa
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SALTA (Redacción) – Un oficial, dos sargentos y un cabo de la Guardia de Infantería, de la Policía de la Provincia, irán a juicio oral y público a pedido del fiscal de Derechos Humanos, Gabriel González, quien ya le solicitó al Juzgado de Garantías 4 que eleve la causa al Tribunal de Juicio a fin de que se asigne sala y se fije fecha de debate.

El pedido del fiscal alcanza al sargento Ramón Horacio Martínez, de 42 años, el sargento ayudante Pedro Alejandro Zelaya, de 36 años, y el cabo Pablo Rolando Tercero, de 38 años, por el delito de vejaciones agravadas por el uso de la violencia.

Por último, incluye al oficial auxiliar Gustavo Alejandro López, de 28 años, por los delitos de vejaciones agravadas por el uso de la violencia y falsedad ideológica en perjuicio de la fe pública, pues intento adulterar un documento para favorecer la situación procesal que atraviesa junto a los otros imputados.

Según surge de la acusación, la tarde del pasado 21 de julio de 2022, tres vecinos del barrio Norte Grande se encontraban en el santuario del Gauchito Gil, ubicado en inmediaciones de una cancha de fútbol. Allí, habían preparado un todo para disfrutar de un asado, pero todo se arruinó.

Sucedió cuando cuatro policías de la División de Infantería, que hacían ejercicios en la cancha cercana al centro vecinal, se acercaron al santuario y se enfrentaron verbalmente con los tres vecinos, quienes también reacciones por la forma en que fueron increpados, aunque ninguno de ellos atinó a responder físicamente.

Es no fue necesario, pues los mismos policías fueron los que agredieron a golpes de puño y patadas a los vecinos. Con el ataque, no sólo le arruinaron el asado, sino que le causaron graves lesiones, tanto que otros vecinos salieron en su auxilio.

Los policías, en tanto, se marcharon a su base como si nada, sin atinar siquiera a pedir la asistencia de una ambulancia. Fueron los vecinos, quienes trasladaron a los agredidos hasta el hospital San Bernardo, pues dos de ellos estaban muy delicados.

Una vez asistido, y según el informe médico, se pudo establecer que uno de los hombres presentaba escoriación de flanco izquierdo, equimosis en párpado superior derecho, escoriación en dorso de pie izquierdo, equimosis en región frontal derecha y en el abdomen parte derecha. El otro damnificado, en tanto, sufrió politraumatismo, según consta en historia clínica.

Abuso funcional

Al fundar el pedido de juicio, el fiscal González sostuvo que “los imputados, siendo funcionarios policiales, incurrieron en un abuso funcional ilegítimo respecto de la persona de dos de los damnificados, quienes se encontraban en la vía pública”.

De acuerdo a cómo sucedieron los hechos, manifestó que corresponde acusar al oficial auxiliar López por el delito de falsedad ideológica, en perjuicio de la fe pública, el que concurre en forma real con el de vejaciones agravadas por el uso de la violencia, dado que el imputado insertó manifestaciones falsas en un instrumento público, concernientes a un hecho que el documento debía probar.

Entre la prueba ofrecida, González indicó que la fiscalía cuenta con las denuncias penales, informes policiales, certificados médico-legales, informes del CIF y diferentes testimoniales. Además, se verificó que dos de los acusados registran antecedentes por otras causas en trámite por el delito de vejaciones agravadas.

En sus conclusiones, el fiscal afirmó que “la violencia institucional conlleva un plus de reproche, por cuanto es cometida por funcionarios públicos que por sus responsabilidades y obligaciones se encuentran autorizados en los supuestos legales, para hacer uso de la fuerza pública”.

Esta, sin embargo, debe ser racional. En este caso, advirtió, no se verifican dichos supuestos, por lo que consideró que “una práctica sistemática y de esta naturaleza se transforma en violatoria de derechos humanos elementales por parte de los miembros de las fuerzas de seguridad del Estado”.