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Violencia digital: Cámara de Diputados buscan tipificar y sancionar la “sextorsión” y “pornovenganza”

Hasta ahora, la ley solo tipifica las formas de violencia física, psicológica, sexual, económica, patrimonial y simbólica.

Cámara de Diputados
Fuente: Sitio Oficial de la Cámara de Diputados.

BUENOS AIRES.- En medio de los esfuerzos por diseñar estrategias para reducir el alarmante índice de femicidios en el país, la Cámara de Diputados ha comenzado a abordar las otras formas de violencia patriarcal que ocurren en el ámbito digital. Una de estas formas es la “sextorsión” o “pornovenganza“, que afecta a usuarias de todas las edades en el mundo virtual.

La Comisión de Mujeres y Diversidad ha emitido un dictamen unificado sobre los proyectos que buscan modificar la Ley 26.485 de Violencia contra la Mujer, con el fin de incorporar la figura de la “violencia digital” como una nueva modalidad. Hasta ahora, la ley solo tipifica las formas de violencia física, psicológica, sexual, económica, patrimonial y simbólica. El debate entre las legisladoras se centró en la “Ley Olimpia”, de la diputada Mónica Macha del Frente de Todos, y la “Ley Belén”, de Danya Tavela de Evolución Radical. 

Ambos proyectos coinciden en que la violencia digital tiene consecuencias tan graves como otros tipos de violencia, pero difieren en las sanciones propuestas: la propuesta de Macha permite a los jueces ordenar la remoción del contenido digital, mientras que la legisladora radical busca incorporar esta figura al Código Penal, estableciendo multas y penas de prisión de tres meses a dos años.

Proyectos de “Ley Olimpia” y “Ley Belén” serán debatidos en la Cámara de Diputados 

Dado que ambos proyectos no son excluyentes, han recibido el dictamen favorable de la comisión y ahora pasarán a la Comisión de Comunicaciones e Informática de Diputados para su consideración. Durante el debate, Mónica Macha instó a “avanzar en la educación digital” y destacó que el proyecto fue elaborado en colaboración con diversas organizaciones. Por su parte, Tavela afirmó que es necesario tipificar la violencia digital como parte de las violencias a las que las mujeres están sometidas.

La especificidad de la violencia digital incluye la difusión no consensuada de contenido íntimo, también conocido como “sextorsión“. Esto implica el chantaje por parte de un usuario digital o de alguien conocido por la víctima para que realice cierta acción o entregue una cantidad de dinero bajo la amenaza de publicar imágenes íntimas. El caso de la “pornovenganza” se refiere directamente a la difusión no consensuada de contenido sensible.

El Ministerio de Justicia de la Nación ha recomendado a las víctimas de “sextorsión” que recopilen todas las pruebas que puedan ser útiles para los peritos informáticos antes de presentar una denuncia en una comisaría o fiscalía. Estas pruebas incluyen chats, correos electrónicos, capturas de pantalla y cualquier otro tipo de contenido relevante. Ahora, la Cámara de Diputados deberá avanzar en el proyecto de ley.