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Equidad laboral: Cámara de Diputados anula ley que limitaba a las mujeres en “actividades peligrosas”

La Ley fue sancionada el 30 de septiembre de 1924 y su decreto reglamentario del 28 de mayo de 1925 quedaron anulados.

Cámara de Diputados
Fuente: Diputados Argentina en Twitter.

BUENOS AIRES.- En una histórica decisión, la Cámara de Diputados derogó una ley que tenía casi 100 años de antigüedad y que prohibía a las mujeres desempeñarse en labores consideradas peligrosas o dañinas para la salud. Con un total de 153 votos a favor, durante una sesión que se extendió por más de 13 horas, la Ley 11.317, sancionada el 30 de septiembre de 1924, y su decreto reglamentario del 28 de mayo de 1925 quedaron anulados.

Las actividades que se encontraban vetadas para las mujeres incluían labores en canteras, trabajos subterráneos, la industria portuaria y la venta de bebidas alcohólicas destiladas o fermentadas. También se les prohibía desempeñarse como maquinistas, foguistas, realizar el engrasado y limpieza de maquinaria en movimiento, manejar correas, trabajar con sierras circulares y otros mecanismos peligrosos, así como participar en la fundición de metales y en el soplado de vidrio.

Cámara de Diputados avanza en erradicar estereotipos de género 

«Tal vez, hace casi 100 años, tenía un fin loable prohibir el trabajo de mujeres en estas actividades, considerándolas insalubres, nocturnas o riesgosas. Pero la actualidad de hoy nos lleva a replantearnos esa cosmovisión o esos estereotipos patriarcales que trasladan al mundo laboral las discriminaciones que socialmente y estructuralmente vivimos y sufrimos las mujeres», dijo Vanesa Siley, del Frente de Todos (FdT), en su discurso en Diputados. 

La iniciativa de derogar esta ley fue impulsada a partir de las demandas de las trabajadoras de la Empresa de Energía de la provincia de Chaco, según destacó la diputada María Lucila Masin del FdT. Asimismo, la agrupación Mujeres Sindicalistas celebró esta derogación, ya que elimina barreras en el acceso igualitario a diversas actividades, especialmente en zonas portuarias y operativas, donde se sigue utilizando esta normativa para evitar la incorporación de mujeres en empleos bien remunerados.

En el dictamen presentado se excluyeron las disposiciones relacionadas con la prohibición del trabajo infantil para garantizar la protección de los derechos de las infancias. Durante la sesión estuvieron presentes la Asociación del Personal de Dirección de los Ferrocarriles y Puertos Argentinos (Apdfa), la Federación Marítima Portuaria y de la Industria Naval (Fempinra), el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU), la Asociación de Mujeres en la Actividad Marítima, Fluvial y Lacustre (Amamfyl), ATE Nacional, ATE Santa Cruz y el Puerto de Dock Sud, entre otras. 

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