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Arranca la Veda Electoral de las PASO 2023: Tiempo de reflexión antes del voto nacional

Algunas jurisdicciones locales han optado por desdoblar sus comicios, pero las y los votantes están convocados a las Elecciones 2023.

PASO
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BUENOS AIRES.- Comenzó la veda electoral, marcando el inicio de un período de reflexión para los ciudadanos de cara a las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se avecinan. Aunque algunas jurisdicciones locales han optado por desdoblar sus comicios, todos los votantes están convocados a participar en las Elecciones 2023 de autoridades nacionales, en cumplimiento de la obligatoriedad del sufragio.

La veda electoral, en consonancia con el Código Nacional Electoral, entra en efecto 40 horas previas al inicio de la votación. ¿Cuándo se inicia la veda electoral de las PASO 2023? 40 horas antes de la apertura de las urnas, es decir, a las 8:00 a.m. del viernes, y se prolonga hasta tres horas después del cierre de los comicios. Se extingue a las 9:00 p.m. del domingo, con el propósito de prevenir cualquier eventualidad relacionada con los votantes que aún se encuentren en los centros de votación, inclusive después de las 6:00 p.m., cuando se sellan las urnas.

¿Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral de las PASO 2023?

En este sentido, se prohíben los actos públicos de campaña y cualquier otra actividad proselitista. Las casas que expenden bebidas alcohólicas deben cerrar tres horas después del cierre de las elecciones. Esta restricción empieza el sábado a las 8:00 p.m. Está vedado ofrecer o entregar boletas de sufragio a menos de 80 metros de las mesas receptoras de votos.

Los eventos al aire libre o en espacios cerrados, espectáculos populares, funciones teatrales, eventos deportivos y reuniones públicas no relacionadas con las elecciones están prohibidos durante su desarrollo y hasta tres horas después del cierre. Se prohíbe a los votantes portar armas, utilizar banderas, divisas u otros símbolos durante el día de la elección, desde 12 horas antes hasta tres horas después de su conclusión.

Queda vedada la apertura de sedes partidarias a menos de 80 metros de los lugares donde se instalen las mesas receptoras de votos. El Tribunal Electoral puede ordenar el cierre temporal de locales en infracción. No se pueden instalar mesas receptoras a menos de 80 metros de las sedes de los Partidos Políticos reconocidos. Queda prohibida la difusión de publicidad electoral en televisión, radio, internet y medios impresos.