SALTA – Si bien es cierto que la llegada del sistema acusatorio a la justicia provincial abrió una grieta, entre jueces y fiscales, ésta se nota más en los distritos del interior, en donde los jueces se resisten aún más a dejarle a los fiscales el rol protagónico, en especial, en los casos más resonantes.
Esto quedó en evidencia hace unos días, cuando el juez de Garantías 2 de Tartagal, Héctor Mariscal Astigueta, interviniente en el robo de una beba del hospital público de esa ciudad, respondió en duros términos a un planteo de la fiscalía.
En su fallo, al que este medio tuvo acceso, el magistrado remarcó una falencia que le restó legitimidad a una apelación que había sido interpuesta en contra de una resolución dictada por Astigueta, en el marco del proceso penal que se le sigue a Andrea Roxana Pérez por el delito de sustracción de menores.
Pérez es una mujer de 24 años, cuya detención fue requerida por la Unidad Fiscal creada por el Procurador General de la Provincia, Pedro García Castiella, para que investigue y esclarezca el robo de una beba recién nacida del hospital público de Tartagal, hecho ocurrido el 14 de julio pasado.
El 18 de agosto pasado, a raíz de un planteo de las abogadas Natalia Pagani y Lorena Babicz, de la Defensa Oficial, el juez Astigueta ordenó que Pérez siga con su prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario, en una vivienda de una comunidad originaria de esa ciudad.
Para la Unidad Fiscal, integrada por los fiscales Pablo Cabot, Lorena Martínez y Rafael Medina, esta decisión del juez no correspondía, pues existe un grave riesgo de fuga y entorpecimiento procesal, aspectos por los que decidieron apelar el fallo en busca de que la acusada regrese a prisión.
El planteo de los fiscales llegó al despacho del juez solamente con la firma de los dos primeros (Cabot y Martínez), sin ninguna aclaración respecto al fiscal Medina, situación que no pasó desapercibida para el juez, quien terminó inclinándose por el rechazo del pedido de la fiscalía por esta falencia.
Al respecto, el magistrado explicó que el recurso de la fiscalía fue interpuesto bajo formato virtual. Reconoció que los fiscales Cabot y Martínez “expresaron en debido tiempo y modo los agravios que hacen a los fundamentos” del recurso, con el cual buscaban demostrar que fue erróneo ordenar el arresto domiciliario.
“El recurso de apelación interpuesto por dos de los tres integrantes de la UFI, lleva a su deslegitimación subjetiva, pues no es la UFI (la legitimada activa para deducir apelación) la que ha interpuesto el recurso, sino dos de los fiscales que conforman este cuerpo colegiado y en este tren, recordemos que la ley adjetiva es clara cuando menciona que sólo pueden interponer apelación aquellos a quien la propia ley les acuerde tal derecho”, indicó el juez.
Argumentos
Ante la llamativa falta del fiscal Medina, el magistrado sostuvo que indagó sobre su ausencia. “Por averiguaciones telefónicas (pues ni el fiscal Cabot ni la fiscal Martínez lo hacen saber en su deducción del recurso de apelación) se ha tomado conocimiento que el tercer integrante de la UFI (el Dr. Medina) se encontraría de Licencia y en su reemplazo se encuentra trabajando el Dr. Gonzalo Ariel Vega”, explicó.
En este tramo de su fallo, el juez dijo que “ignora si correspondería que el Dr. Vega asuma en su carácter de interino como tercer integrante de la UFI o eventualmente lo haga otro fiscal como por ejemplo podría ser el Dr. Cazón o Dra. Souto. Si así fuere indudablemente estaría faltando la firma y concurrencia de este tercer fiscal reemplazante (cosa que no sucede)”.
Tras dejar expuesto este error por parte de la fiscalía, Astigueta aclaró que “para el caso de que no sea necesario el reemplazo del tercer fiscal faltante, ellos no lo han mencionado en su escrito, ni el Dr. CABOT ni la Dra. MARTÍNEZ”. Y, aún, cuando “lo hubieran mencionado, entiendo que -por una estricta interpretación de la ley- la concurrencia de un tercer fiscal como pleno integrante de la UFI es necesaria para tener legitimación activa”.
Esta situación, adjudicada directamente a los fiscales, “a mi entender, deja tal vez más dudas que certezas”, ya que “afecta la admisibilidad del planteo”. Sobre el principio de unidad de acción de los fiscales, el juez reconoció esta facultad, no obstante, resaltó “la ausencia” del fiscal Medina en la apelación, lo que “me lleva a preguntarme si los miembros de la Unidad Fiscal trabajan coordinadamente”.
Con esta resolución, en la que dejó expuesto a los fiscales por supuestos errores mínimos y de neto corte formal, el juez rechazó la posibilidad de que Pérez vuelva a prisión, siendo así la principal beneficiada dentro de una interna que salió a flote en medio de uno de los casos de mayor impacto en Salta, como el robo de la beba del hospital Juan Domingo Perón.