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Gobierno Nacional acepta modificaciones al RIGI durante debate en el Senado

Las reformas al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones buscan atraer más capital y mejorar la competitividad.

Gobierno Nacional
Fuente: Oficinal del Presidente en X.

BUENOS AIRES.- A falta de dos horas para el final de las intervenciones de los integrantes del Senado, el presidente de la Cámara alta, Bartolomé Abdala, anunció una serie de reformas al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) que se aplicarán al dictamen de mayoría. Esta decisión representa una concesión más del Gobierno Nacional sobre el proyecto de Ley Bases.

Las estimaciones del Gobierno Nacional apuntan a que se obtendrá aprobación tanto en el proyecto general de la Ley Bases como en la reforma fiscal. No obstante, existe preocupación por cambios sustanciales durante el tratamiento de artículo por artículo. Como estrategia de la jornada, el oficialismo decidió modificar el dictamen original antes de permitir a la oposición aprobar sus propios textos o rechazar la totalidad de los capítulos del proyecto.

En ese contexto, la Casa Rosada mantiene dos prioridades: la cesión de facultades excepcionales al presidente Javier Milei, un artículo cuya aprobación está en riesgo, y los alcances del RIGI, que es objeto de debate por todos los bloques opositores. Ante esta situación, y antes de las intervenciones de los presidentes de bloque, el Gobierno se anticipó y presentó sus propias reformas.

Ley Bases: Modificaciones en el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones

Entre las modificaciones anunciadas por el Gobierno en el capítulo del RIGI presente en la ley Bases se encuentran: Reducción de actividades: El régimen se limita a las inversiones en los sectores agroforestal, infraestructura, minería, energía y tecnología. Plan de desarrollo de los proveedores locales: Se especifica que cada proyecto deberá destinar al menos un 20% de la totalidad de la inversión a proveedores nacionales, «siempre y cuando la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad».

Modificación de plazos de cobros: Las exportaciones de productos provenientes de las iniciativas adheridas al RIGI, realizadas por los vehículos de proyecto único (VPU), tendrán la obligación de negociar y liquidar en el mercado de cambios un 20% después de dos años desde la puesta en marcha del VPU; 40% tras tres años; y un 100% después de cuatro años. 

«Dichos fondos en los porcentajes referidos serán de libre disponibilidad», precisan las reformas sobre el artículo 196 de la ley Bases, y se añade: «Los VPU no estarán obligados a ingresar y/o liquidar en el mercado de cambios las divisas y/o cualquier contravalor correspondiente a otros rubros o conceptos vinculados al proyecto objeto del plan de inversión aprobado, contando con la libre disponibilidad de los mismos».

Acciones, cuotas o participaciones de los VPU: Los activos podrán ser transferidos sin autorización previa de la autoridad de aplicación, debiendo informar dentro de los 15 días corridos siguientes de ocurrido el traspaso. Los activos podrán ser objeto de prenda, cesión en garantía, fideicomiso o cualquier otro tipo de negocio jurídico de garantía.