SALTA (Redacción) – En los próximos días, según fuentes judiciales, se llevará a cabo la audiencia de sustanciación de impugnación, instancia en la que el fiscal general ante la Cámara Federa de Casación Penal, Javier De Luca formalice la impugnación de la sentencia que sobreseyó al empresario Matías Huergo y otros ocho acusados por el delito de asociación ilícita tributaria, resolución dictada el 18 de septiembre por el Tribunal Oral Federal 1 de esta ciudad.
En dicha causa están acusados Huergo, Aníbal Anaquín, Álvaro Anaquín, Arturo Jorge Mimessi Sormani, Gerardo Rubén Romero, Héctor Sebastián Silva, Juan Nolberto Llanos, Francisco Antonio Guzmán Garriga y Oscar Matías Esliman.
La acusación penal, que data del año 2015, gira en torno a una maniobra dirigida a vaciar las arcas del municipio capitalino, a través de facturas apócrifas que eran presentadas por empresas que, llamativamente, aparecían beneficiadas con obras públicas que estaban sobrevaloradas, con el agravante de que muchas de ellas, no se cumplieron, o bien, se utilizaron materiales de baja calidad.
El caso se inició el 13 de noviembre de 2017, fecha desde la cual se desarrolló un intenso proceso, con numerosas medidas probatorias, pero más que nada un sinfín de planteos e impugnaciones por parte de las defensas, en especial del empresario.
El 28 de agosto pasado, y a casi siete años de iniciada la causa, el Tribunal Oral Federal 1, integrado por los jueces, Federico Díaz, Marcelo Juárez Almaraz y Marta Snopek, había resuelto rechazar uno de tantos pedidos de la defensa de Huergo para ser sobreseído.
El empresario y el resto de los acusados, como se sabe, fueron procesados en junio de 2019 por el juez federal 11, Julio Bavio, como integrantes de una asociación ilícita fiscal. En dicha resolución, el magistrado sostuvo que la organización había creado “un andamiaje de empresas de papel”, como Arcadio Obras Eléctricas SRL, SEC SA, Lusal Obras y Servicios SRL, Obrar SRL, integradas por personas insolventes. Estas firmas funcionaban como pantalla de una prolífera actividad comercial, pero, en realidad, servían para ocultar al verdadero propietario, responsable y beneficiario de la actividad económica: Huergo.
Cambio de criterio
Pese a la decisión tomado el 28 de agosto, a los veinte días, el tribunal cambió de decisión respecto a otro pedido del mismo empresario, quien en su nuevo planteo reclamó el sobreseimiento como beneficio por haber ingresado a la ley de blanqueo impulsada por el gobierno nacional.
Ante esta presentación, dos de los tres jueces, Marta Liliana Snopek y Mario Marcelo Juárez Almaraz decidieron darle al empresario y al resto de los acusados lo que buscaban, o sea, el sobreseimiento. Lo hicieron en base al contenido del decreto de reglamentación de la Ley de Blanqueo, en el cual, el Poder Ejecutivo Nacional se excedió en sus funciones e incluyó el delito de asociación ilícita fiscal entre las acusaciones que serán extinguidas para aquellos que se adhieran a dicha ley.
Por el contrario, el juez Federico Santiago Díaz, compartió la posición del fiscal general, Carlos Martín Amad, quien había pedido que se rechace el pedido de los acusados y, a su vez, se declare inconstitucional el artículo del decreto de reglamentación que había alterado el mandato de la ley, el cual fomentaba la extinción de los delitos comunes, categoría menor a la de asociación ilícita, la que reviste claramente una mayor gravedad.
Pese a ello, y por mayoría, el Tribunal Oral, que preparaba el juicio demorado por una serie de recursos dilatorios presentados por las defensas, volvió sobre sus pasos y sobreseyeron a Huergo bajo la excusa que se apegaban a la letra de lo que había sido reglamentado respecto a la Ley de Blanqueo.
De inmediato, el fiscal Amad impugnó esa sentencia ante el mismo tribunal, el que admitió la apelación el 16 de octubre pasado, fecha en la que remitió el caso a la Cámara Federal de Casación Penal, en los tribunales de Comodoro Py, para que se resuelva el asunto.
Este tribunal, previo sorteo, resolvió que sea la Sala III la que resuelva el pleito y defina si tiene razón los dos jueces que votaron en mayoría, o bien, el juez Díaz y la fiscalía. Al respecto, cabe mencionar que el 21 de octubre pasado, el fiscal De Luca, quien representa al Ministerio Público Fiscal ante esa Cámara, hizo saber al presidente de la Sala, el juez Carlos Mahiquez, que comparte los fundamentos del fiscal Amad.
En vista de ello, ahora se espera que, en cuestión de días, se lleve adelante la audiencia oral en la que las defensas, el fiscal De Luca y la ex AFIP y DGI, órganos que también apelaron, presenten sus motivos para que luego los camaristas dicten su resolución, ya sea confirmando el sobreseimiento de Huergo y compañía o, caso contrario, revoquen la decisión del Tribunal Oral y dispongan que se siga con el juicio en contra de todos los acusados.