La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Tartagal, Griselda Beatriz Nieto, rechazó un pedido de nulidad presentado por el Ente Regulador de los Servicios Públicos en el marco de un amparo interpuesto por usuarios de Aguas del Norte. Cabe recordar que en mayo pasado la magistrada hizo lugar a la acción de amparo condenando a la Compañía Salteña de Agua y Saneamiento S.A. a presentar un plan de provisión de agua potable para General Mosconi y Tartagal. Sin embargo, solo fue el primer capítulo de una batalla judicial que podría terminar en la Corte de Justicia y con los vecinos sin un elemento fundamental para su vida.
Desde el Poder Judicial de Salta explicaron que mediante la polémica presentación, el Ente Regulador a cargo de Carlos Humberto Saravia: “Pretendía la nulidad de la audiencia pública, durante la cual se presentó el Plan de Provisión de Agua para Tartagal y Mosconi, y del informe del Cuerpo de Investigaciones Fiscales“. En este sentido, la jueza Griselda Nieto apuntó que las partes, tanto usuarios y como Cosaysa, mantuvieron “una conducta procesal adecuada a los altos intereses en juego”.
La duras críticas contra el titular del Ente Regulador
Allí la magistrada remarcó: “Es el derecho de toda persona a tener acceso al agua potable en cantidad y calidad suficiente”. Por este motivo diferenció que el representante del Ente Regulador: “No aportó algún informe sobre la suficiencia o no del Plan de Provisión propuesto por Aguas del Norte“.
Luego, la jueza también agregó que “es necesario resaltar que el ENRESP no resulta parte demandada ni condenada en el proceso, y que ha consentido la sentencia dictada en autos por haberse declarado desierto el recurso de apelación interpuesto por el mismo”. Por este motivo cuestionó duramente al organismo: “Teniendo en cuenta el planteo nulidad, tanto de la audiencia pública como del informe del Cuerpo de Investigaciones Fiscales, agregado por la Fiscalía Civil y Comercial”.
“Resulta por lo menos contrario a los intereses de los usuarios consumidores y al interés general, pues los mismos comparecieron a la audiencia con el fin de revertir la irregular prestación del servicio público de agua potable como derecho humano esencial”, castigó la jueza al organismo. Por esto, en la misma resolución la jueza dio intervención a la Procuración General de la Provincia: “A los fines que se evalúe la conducta procesal y extraprocesal del presidente del Ente Regulador de los Servicios Públicos“.
En este sentido, la jueza apuntó que Carlos “Uluncha” Saravia: “Luego del dictado de sentencia efectuó presentaciones contradictorias con su actuación anterior a esta, entorpeciendo su tramitación y excediendo los límites del derecho defensa en juicio. Destacó que durante la audiencia de la cual pretende la nulidad, el representante del ENRESP, se retiró de la audiencia pública de manera intempestiva”.
La condena para brindar agua potable
Como bien informó Salta 4400, en mayo pasado la jueza hizo lugar a la acción de amparo y condenó a la Compañía Salteña de Agua y Saneamiento S.A. a presentar un “plan de provisión de agua potable para General Mosconi y Tartagal”. Este plan debería tener un “control público de ejecución de conformidad a las disposiciones del nuevo marco regulatorio del servicio de agua potable y saneamiento para la suficiente provisión de agua potable domiciliaria para los próximos cinco años”
Entre cinco puntos, el fallo ordenó: “Estudios, proyectos y construcción de la infraestructura adecuada con mejoras de la presión y caudal del agua de la red. Estudios de nuevas fuentes de captación como alternativas para la sustentabilidad de la provisión. Control de derrames de agua. Minimización de cortes o interrupción del servicio con suficiente información y difusión sobre el mismo. Y un plan de atención satisfactoria del usuario sanmartiniano”.
Además, y no menos importante, en la misma sentencia ordenaron a la firma a efectuar: “La reducción de la tarifa que abonen los usuarios de los municipios de Gral. Enrique Mosconi y Tartagal en un veinte por ciento acumulable a las dispuestas administrativamente desde la fecha de la resolución y hasta que se acrediten resultados satisfactorios de la ejecución del plan de provisión de agua potable domiciliaria”
La respuesta de Saravia: que lo resuelva la Corte
Por último, este mismo martes, el titular del ENRESP, Carlos Saravia, respondió la determinación de la jueza y aseguró que tiene varios vicios procedimentales, como no haber citados a algunas partes involucradas. Ante el fallo negativo, el funcionario pide que sea la Corte de Justicia la que resuelva en el tema por el servicio de agua y saneamiento en Tartagal y Mosconi.
“En primer lugar, quiero expresar que nunca hemos dudado de la buena voluntad de la sra. Jueza Dra. Griselda Beatriz Nieto, como tampoco dudamos de la necesidad de que la empresa Aguas del Norte brinde mejores servicios en esas localidades, tal como es su obligación hacerlo en todas las áreas que atiende en la Provincia”, tuvo que aclarar el titular del Ente Regulador en un comunicado que publicó El Tribuno.
Luego apuntó contra la magistrada Nieto: “Desde el Directorio de este organismo que presido, entendemos que un juicio como éste no es el ámbito propicio para resolver la problemática del agua que afecta a esas localidades, máxime cuando la Jueza no citó como parte al Ente Regulador ni aclaró expresamente el carácter que debía asumir en ese proceso”.
Saravia también aseguró que la jueza: “Tampoco citó a juicio a la Provincia que tiene obligaciones de inversión a su cargo en materia de obras e infraestructura, las que deben sumarse a aquellas que debe hacer la misma Aguas del Norte con cargo a tarifas. A COSAYSA le corresponde principalmente la operación del servicio, y no se le puede imponer la realización de obras de infraestructura sanitaria de envergadura”.
Finalmente, el titular del Ente Regulador pidió el auxilio del máximo tribunal salteño: “Que todos los vicios procedimentales antes mencionados, según el criterio de este organismo que presido, invalidarían el proceso de amparo y harían ineficaz lo que allí se resuelva. Bien vale dejar sentado que los planteos jurídicos objetando la intervención de la sra. Jueza Dra. Griselda Beatriz Nieto y el trámite dado al amparo deberán ser resueltos, en definitiva, por la Corte de Justicia”.