BUENOS AIRES.- El Gobierno Nacional está trabajando en un proyecto de ley para el blanqueo y repatriación de capitales. Ante ello, desde el Ministerio de Economía, encabezado por Sergio Massa, han asegurado que el objetivo es “sostener el cumplimiento y cancelación de la deuda con el FMI”. Así, los sujetos alcanzados serán “las personas humanas, sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el art. 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019)”.
En este sentido y según Ámbito, el mismo abunda que entre los bienes comprendidos están “la tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior (incluyendo créditos)”. Por ello, se contemplan “alícuotas aplicables para la exteriorización de los bienes del país y del exterior”.
Gobierno Nacional notifica “alícuotas aplicables para la exteriorización de bienes”
Del mismo modo, se esperan “alícuotas aplicables incrementadas para los bienes del exterior cuando no exista repatriación” y es probable que se dupliquen. El documento del Gobierno Nacional refiere que “se entenderá por repatriación de bienes cuando el monto ingresado al país en concepto de tenencia en moneda extranjera y los importes generados por los activos financieros representen como mínimo un porcentaje a determinar por la reglamentación del valor total de los bienes en el exterior que se declaren”.
Los beneficios que forman parte “no se considerarán incrementos patrimoniales no justificados por los bienes declarados”. Además, “se libera a los sujetos comprendidos de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiaria, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder; por los bienes declarados”. Y “los sujetos quedan liberados del Impuesto a las Ganancias o Impuestos Internos y al Valor Agregado, o Impuestos Sobre los Bienes Personales y de la contribución especial de Cooperativas”.
En tanto, “se establece un régimen simplificado con una alícuota especial del equivalente a la mitad de las alícuotas generales cuando los sujetos personas humanas exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera en efectivo en el país y el monto no supere el 35% anual de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales y con un tope de hasta u$s50 mil”. Finalmente, “quedan excluidos únicamente del Régimen Simplificado aquellos contribuyentes que pagaron el Aporte Solidario”.
CONVENIO DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y TRIBUTARIA CON ESTADOS UNIDOS
— Ministerio de Economía de la Nación (@Economia_Ar) December 5, 2022
Firmado por el ministro de Economía, @SergioMassa, y el @USAmbassadorARG, permitirá contar con datos no declarados de cuentas bancarias e inversión financiera de argentinos en ese país. pic.twitter.com/RNypxpkJnr