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Salta

Salta: el Senado aprobó la Ley Antipiquetes: Qué se puede hacer y qué no

Los parlamentarios de Salta optaron por votar a favor y aprobar una ley que llega en un contexto social muy difícil.

Senado

SALTA – Había mucha expectativa sobre el tratamiento de la Ley antipiquete. Ayer, los diputados de Salta le habían dado media sanción. Por lo que hoy toda la responsabilidad caía sobre los senadores provinciales. Es así que durante esta tarde, los parlamentarios de Salta optaron por votar a favor y aprobar una ley que llega en un contexto social muy difícil.

Qué dice la Ley antipiquetes que fue aprobada en Salta. “La presente Ley tiene por objeto conciliar el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión. Reunión, peticionar ante las autoridades, uso del espacio público, junto a la libre circulación. Preservación de la integridad física y de la propiedad tanto pública como privada. Durante el desarrollo de protestas o manifestaciones públicas, cualquiera fuera su naturaleza”

En tanto, en el artículo 2 se expresa: “A los fines de esta ley se entiende por Protesta o Manifestación Pública a toda reunión de personas. Que con un objetivo común, con o sin desplazamiento en el espacio de uso público, por un tiempo determinado y sin violencia, reclama o reivindica derechos ante las autoridades públicas o entes privados”.

En el artículo 3 y uno de los más polémicos, la ley antipiquete que se aprobó en Salta dice: “La Autoridad de Aplicación resguardará el desarrollo pacífico de la protesta o manifestación pública. En la medida que la misma: a) Permita el normal funcionamiento de servicios públicos. Especialmente los referidos a la salud, transporte público. Educación y bomberos; b) Habilite, aunque sea parcialmente la circulación de personas y/o vehículos en una dirección determinada”.

Los puntos de la ley en Salta

Otro párrafo de la polémica ley en Salta, revela: Evite la comisión de delitos tipificados en el código penal durante los actos preparativos, desarrollo o desconcentración de las mismas, incluidos los daños a la propiedad pública o privada; d) Se haya realizado la correspondiente notificación, conforme lo determinado por la presente Ley”. Toda esta información fue compartida por la periodista Natalia Nieto.