SALTA ā Durante la jornada de ayer, los senadores de Salta votaron por la aprobación de una polĆ©mica ley. PolĆ©mica porque llega en el punto mĆ”s Ć”lgido de una protesta social que tiene los ojos de todo el paĆs mirando quĆ© es lo que ocurre. Con esta ley, se busca que todo aquel que desee manifestarse deberĆ” avisarle a las autoridades un dĆa antes, entre otros puntos. Ahora se filtró el nombre de los senadores que votaron a favor.
Cabe recordar que la votación en el Senado terminó 11 a 10. En este punto, los parlamentarios de Salta que dieron su voto para que esta ley se aplique fueron: Cari, Diego Evaristo; Juan Cruz CurĆ”, DāAndrea Cornejo Esteban, Durand Emiliano, GarcĆa Marcelo Durval, Lapard Mashur, Mónico Javier, Ramos Sergio, Sanguino Alfredo, Sanz Carlos y Soto Pablo.
En tanto, aquellos senadores salteƱos que votaron en contra son: Ampuero Carlos Nicolas, Calabró HĆ©ctor, Cruz Walter, DāAuria Daniel, Magno Sonia, Pailler Manuel, Rosso Carlos, SaldaƱo Sergio, Salva Leopoldo y Wayar Walter. Daniel Nolasco y Aban Walter estuvieron ausentes.
Ley
QuĆ© dice la Ley antipiquetes que fue aprobada en Salta. āLa presente Ley tiene por objeto conciliar el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión. Reunión, peticionar ante las autoridades, uso del espacio pĆŗblico, junto a la libre circulación. Preservación de la integridad fĆsica y de la propiedad tanto pĆŗblica como privada. Durante el desarrollo de protestas o manifestaciones pĆŗblicas, cualquiera fuera su naturalezaā
En el artĆculo 2 se expresa: āA los fines de esta ley se entiende por Protesta o Manifestación PĆŗblica a toda reunión de personas. Que con un objetivo comĆŗn, con o sin desplazamiento en el espacio de uso pĆŗblico, por un tiempo determinado y sin violencia, reclama o reivindica derechos ante las autoridades pĆŗblicas o entes privadosā.
Se puede protestar peroā¦
En el artĆculo 3 y uno de los mĆ”s polĆ©micos, la ley antipiquete que se aprobó en Salta dice: āLa Autoridad de Aplicación resguardarĆ” el desarrollo pacĆfico de la protesta o manifestación pĆŗblica. En la medida que la misma: a) Permita el normal funcionamiento de servicios pĆŗblicos. Especialmente los referidos a la salud, transporte pĆŗblico. Educación y bomberos; b) Habilite, aunque sea parcialmente la circulación de personas y/o vehĆculos en una dirección determinadaā.